
Resolución de 26 de julio de 2024, del IDAE donde se convoca al CE Implementa, para proyectos de menos y más de 1 millón de euros.
Estos son:
CE Implementa programa V (a los que se destinan 30 millones de euros) y
CE Implementa programa VI (y 90 millones).
¿A qué está orientada esta propuesta?
Al fomento de las inversiones en infraestructuras verdes y la participación de actores no tradicionalmente involucrados en el sector energético.
En este sentido se vuelve a insistir en las Comunidades Energéticas Renovables (CER) y las Comunidades Ciudadanas de Energía CCE, de carácter abierto y voluntario tal y como refleja los art 2.6. y 2.7; así como que deben “proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.”
Se describe también el control efectivo con el objeto de evitar que un solo actor pueda controlar la CE.
¿Para qué tipo de proyectos?
Proyectos multicomponente, o sea que presenten actuaciones subvencionables de dos o más áreas de actuación:
- Energías renovables eléctricas y almacenamiento.
- Energías renovables térmicas.
- Eficiencia Energética.
- Movilidad Sostenible.
- Gestión de la demanda.

¿Qué particularidades hay que tener en cuenta?
Mínimo de cinco socios o miembros, sin tener en cuenta que uno de los socios sea un ente local.
Se explica claramente que las entidades públicas sólo podrán beneficiarias de estas ayudas siempre que cumplan las condiciones o bien para ser una CCE o para ser una CER.
Hablemos de los costes subvencionables…
Se consideraran las inversiones que permitan aumentar el nivel de protección medioambiental derivado del impulso de la energía renovable eléctrica y térmica, la eficiencia energética, la movilidad eléctrica y la gestión de la demanda.
Incluidos:
- Los costes de ejecución de las obras,(incluyendo obra civil y/o montaje de las instalaciones);
- La inversión en equipos y materiales relacionados con las actuación, incluyendo la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión;
- La acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción;
- Los costes de desarrollo de herramientas de gestión de la gobernanza y/o administración de la comunidad energética o los costes de comunicación relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad.
Sobre los costes elegibles
Son costes subvencionables:
Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación.
Podrán llegar hasta un 7% del coste subvencionable, y no podrá superar los 50.000 euros.
Puntualizaciones destacables:
- Incrementa en 20 puntos porcentuales para beneficiarios en los que tanto el número de socios o miembros vulnerables como la energía destinada a ellos supere 50 %.
- Las renovables térmicas y la electromovilidad puedan alcanzar una ayuda del 80% por ciento y del 60% respectivamente.
- En cuanto a movilidad, se hace un énfasis en lo compartido (bicicletas compartidas o vehículos eléctricos compartidos (siempre que sean propiedad de la comunidad energética) e implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
¿Cuál es el volumen de la ayudas?
La orden fija:
- Energías renovables eléctricas: hasta un 60% de ayuda;
- Almacenamiento hasta un 30%;
- Renovables térmicas hasta un 80%;
- Eficiencia energética hasta un 30%;
- Movilidad sostenible hasta un 60% y
- Gestión de la demanda hasta un 40%
Resumen:
En la resolución de convocatoria del 26 de julio publicada por IDAE del CE Implementa 5 (proyectos de menos de 1 millón) y 6 (proyectos de más de 1 millón) a los que se destinan 30 millones de euros y 90 millones, cabe destacar que se mantiene la necesidad que los activos en los que se invierte sea propiedad de la comunidad energética.
La viabilidad administrativa dará 10 puntos (importante: los proyectos que no requieran punto de conexión cumplirán con este requisito), mientras que la reducción sobre la ayuda máxima será hasta 70 puntos.
Las energías renovables eléctricas (fotovoltaica) deberán contar con un sistema de almacenamiento detrás del contador para poder ser subvencionable y que deberá poder almacenar un mínimos de 0,5 hora de la potencia de las actuaciones de las EERR eléctricas.
Para que los sistemas de almacenamiento sean elegibles, se deberá dar la condición de que el almacenamiento no esté directamente conectado a la red, sino que será parte de la instalación de energías renovables y/o movilidad sostenible. Serán consideradas elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad nominal instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 5 kWh/kW.
Las renovables térmicas (biomasa, aerotermia, geotermia, etc) serán sistemas centralizados en edificios residenciales colectivos con más de cinco vecinos o en los que se haya constituido una comunidad de vecinos, incluidos los locales pertenecientes a PYMES o pequeñas empresas que pertenezcan a la comunidad energética, además de en edificios de titularidad pública de las entidades locales que formen parte de la comunidad energética, (esto da una oportunidad para edificios públicos donde el ayuntamiento participa en la comunidad).
En rehabilitación energética, el edificio debe ser propiedad de la comunidad o un edificio público.
Y en movilidad sostenible, será posible el impulso y desarrollo de punto de recarga, y la compara de vehículos eléctricos siempre y cuando se destinen a la movilidad eléctrica compartida.
Desde Sol Sierra y como socios fundadores, creemos que esta es una gran oportunidad para poder llevar a cabo proyectos sostenibles, pensados en las necesidades de cada territorio y por supuesto que tengan a las personas en el centro.
Es importante comenzar por actuaciones de mejora en la eficiencia energética de la envolvente térmica y seguidamente acompañarlos de instalaciones de paneles solares con almacenamiento, de aerotermia, etc. Sabemos que apostar por energías verdes conlleva un gran esfuerzo económico, por lo que siendo socios de una CE, como CE Sierra nos facilita el acceso y disfrute de actuaciones que sin éstas ayudas, no serían posibles.
Cualquier persona, pyme o incluso una entidad local que forme parte de CE Sierra podrá ser partícipe de proyectos en esta convocatoria y por supuesto desde Sol Sierra estamos aquí para informar, asesorar y lograr el éxito de los mismos!
Recuerda que las solicitudes podrán realizarse desde el 19/09/2024 a las 9:00 hs y hasta el 31/10/2024 a las 12:00hs.


